El transporte discrecional de viajeros es una división dentro del sector transporte de pasajeros por carretera, que está condicionado a realizar servicios de transporte no regular de viajeros sin sujeción a itinerario ni horario.
En este artículo abordamos las enmiendas a la primera lectura de las propuestas enviadas al Consejo y Parlamento Europeo sobre pausas mínimas y períodos de descanso para los conductores de este sector, que modificarían el Reglamento (CE) nº 561/2006.
Cambios para conducción y descanso en el transporte discrecional de viajeros
Dentro del sector transportes el transporte discrecional se caracteriza por la alta estacionalidad y diferentes distancias de conducción en función de la actividad de empresa y viajeros. Distancias más largas al principio y final del viaje con duración más corta de los tiempos de conducción donde se desarrollan actividades turísticas.
Por lo general el tiempo de conducción del transporte discrecional es menor que el transporte de mercancías o servicios regulares de autobús, descanso en hoteles y actividades adicionales durante el tiempo de trabajo han llevado a una modificación de las normas de tiempos de conducción, pausas y períodos de descanso mínimos aplicables del sector.
Pausas en transporte discrecional
Se propone sustituir la pausa habitual de 45 minutos (15’+30’) por 3 pausas separadas de 15 minutos cada una, distribuidas libremente a lo largo del período de conducción de 4 horas y 30 minutos.
Descanso diario en transporte discrecional
La propuesta recoge que el conductor que realice servicio discrecional de pasajeros con al menos 4 días de duración pueda hacer un descanso de 24h al final de su período de descanso diario o semanal anterior de forma que se puede aplazar el descanso diario en 1 hora, mientras el tiempo total de conducción en ese día no supere las 7 horas.
Se podrá utilizar hasta 2 veces y el conductor introducirá el motivo de la excepción en el tacógrafo, en copia impresa, en listado de turnos y/o llegada al destino.
Descanso semanal del transporte discrecional
El conductor del servicio discrecional único de pasajeros podrá aplazar el período de descanso semanal hasta 12 días consecutivos en periodos de 24 horas después de un período de descanso normal anterior, como ya ocurre en los viajes internacionales.
Recordamos que actualmente, el servicio discrecional internacional debe llevarse a cabo durante 24 horas consecutivas en un Estado miembro o tercer país al que se aplique un reglamento diferente al que se inició la ruta.
Conclusión
Si bien queda la ratificación por parte del Parlamento Europeo de estas modificaciones sobre los tiempos de conducción y descanso sobre el transporte discrecional de viajeros. Esta actualización de normativa continúa con los objetivos de mejorar las condiciones de trabajo y seguridad vial de los conductores.
Buenas
El legal que te avisen a las 20 horas de que tu servicio tiene inicio a las 01:50 horas del día siguiente?
O tenemos derecho un tiempo de reacción más amplio para poder descansar en condiciones?
¡Hola Pedro!
Nosotros somos una empresa de servicios relacionados con el tacógrafo digital. En cuanto a la interpretación de la ley, puedes consultar vía e-mail al MITMA sgit@mitma.es o en su página web oficial mitma.es.
Muchas gracias
Un saludo