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Modo disponibilidad en el tacógrafo: qué es y cuándo usarlo

A veces, el modo disponibilidad del tacógrafo es confuso porque está en tierra de nadie. La disponibilidad no es conducción, pero tampoco es descanso. Por eso, a la hora de elegir el modo en el tacógrafo puede plantear dudas. En este artículo vamos a explicar qué es la disponibilidad.

La disponibilidad en la legislación

Por supuesto, la disponibilidad está recogida en el Reglamento (CE) 561/2006, manual básico de tiempos de conducción y descanso. Este, a su vez, usa la definición de la Directiva 2002/15/CE:

Los periodos distintos de los periodos de pausa o de descanso durante los que el trabajador móvil no está obligado a permanecer en su lugar de trabajo, pero tiene que estar disponible para responder a posibles instrucciones que le ordenen emprender o reanudar la conducción o realizar otros trabajos. En particular, se considera tiempo de disponibilidad los periodos durante los que el trabajador móvil acompaña un vehículo transportado en transbordador o en tren y los periodos de espera en las fronteras o los causados por las prohibiciones de circular. […] Para los trabajadores móviles que conducen en equipo, el tiempo transcurrido durante la circulación del vehículo sentado junto al conductor o acostado en una litera.

Por otro lado, está el Real Decreto 1561/1995, sobre jornadas especiales de trabajo. Este dice:

Se considerará tiempo de presencia aquel en el que el trabajador se encuentre a disposición del empresario sin prestar trabajo efectivo, por razones de espera, expectativas, servicios de guardia, viajes sin servicio, averías, comidas en ruta u otras similares.

Por tanto, vemos que la disponibilidad es el periodo durante el que no se está trabajando y no hay obligación de estar en el vehículo. Sin embargo, tendrá que ser posible retomar la actividad lo antes posible, ya que estamos disponibles para acatar órdenes. Estos son los dos elementos clave de la definición, y lo que nos ayudará a distinguirla del resto de modos.

Ejemplos de uso de disponibilidad

Ejemplo 1: Acabamos de empezar el descanso diario, y nos llaman para una carga de última hora. En este caso NO sería disponibilidad, porque no estamos disponibles para obedecer instrucciones de reanudar nuestra tarea. Interrumpir el descanso diario se considerará falta.

Ejemplo 2:  Conducimos un coche para llegar a la base de la empresa por la mañana. En este caso NO será disponibilidad porque estamos haciendo una tarea relacionada con nuestra labor principal. Por tanto, no estamos disponibles para acatar instrucciones inmediatamente. Evidentemente, tampoco estamos descansando; conducir un vehículo fuera del ámbito del tacógrafo se considera “otros trabajos”.

Ejemplo 3: Llegamos a un muelle de carga y nos dicen que tenemos que esperar aproximadamente 1 hora. Este casó SÍ sería disponibilidad, porque no estamos conduciendo, ni haciendo otros trabajos, ni descansando. En su lugar, disponemos libremente de esta hora que nos han dado de plazo, pero en cualquier momento tendremos que volver. Estamos esperando a recibir instrucciones para continuar nuestra labor.

La confusión de las 15 horas de disponibilidad
Algunos conductores experimentados y formadores hablan de “15 horas de disponibilidad” para conducir. Las 15 horas de disponibilidad son un sistema con el que los chóferes intentan simplificar el cálculo del descanso diario mediante una simple resta. Consiste en restar a las 24 horas que dura la jornada las horas de descanso que corresponda para saber a qué hora habrá que parar. Así, 15 horas es el resultado de restar el descanso reducido a la jornada normal de 24 horas. Aunque en algunos casos sea útil, las 15 horas no son un periodo reconocido en la legislación y llamarlo disponibilidad hace que se confunda con el modo disponibilidad del tacógrafo. Al guiarnos por este máximo inventado, nos arriesgamos a no hacer los descansos correctamente, ya que 15 horas de «disponibilidad», más 11 horas de descanso normal, resultan en 26 horas, que son más que la jornada máxima permitida de 24 horas y supone una sanción grave.

La disponibilidad y el tacógrafo

El pictograma para registrar la disponibilidad en el tacógrafo es el cuadrado tachado. Habrá que marcarlo en el selector de actividad siempre que se cumplan los criterios aquí explicados.

La disponibilidad es excluyente de los otros modos del tacógrafo. Si se está conduciendo, haciendo otros trabajos o descansando no podrá considerarse disponibilidad. De la misma forma, no podrá usarse el modo disponibilidad durante pausas en la conducción ni en los descansos diarios o semanales, ni en las compensaciones de los mismos. Sólo existe una excepción: en la conducción en equipo. En este caso, el modo disponibilidad mientras el compañero conduce computará como pausa en la conducción. Para que la excepción sea válida, tiene que haber dos tarjetas en el tacógrafo y cumplirse los requisitos de conducción en equipo.

**Sólo existe una excepción: en la conducción en equipo. En este caso, el modo disponibilidad mientras el compañero conduce computará como pausa en la conducción. Para que la excepción sea válida, tiene que haber dos tarjetas en el tacógrafo y cumplirse los requisitos de conducción en equipo.

Por tanto, si activas la disponibilidad en el tacógrafo digital:


  • Sí cuenta como jornada laboral, sin embargo, no computa como conducción a los efectos de los límites diarios y semanales.


  • No cuenta como descanso, excepto en la excepción vista**. Tampoco cuenta como hora extraordinaria.

Disponibilidad no es:

Horas máximas de disponibilidad en el tacógrafo

El máximo establecido de disponibilidad es de 20 horas semanales ponderadas. Esto quiere decir que se calcula la media entre varias semanas. Por ello, si una semana se registran 30 horas de disponibilidad y a la siguiente 10, la media sigue siendo correcta.

No es obligatorio tener periodos de disponibilidad todas las semanas. Esas 20 horas son sólo el máximo establecido.

Servicios del tacógrafo digital
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Nuestros servicios incluyen:


  • Lectura automática de ficheros del tacógrafo digital


  • Guarda y custodia de datos del tacógrafo


  • Registro de jornada para chóferes


  • Alerta de faltas cometidas


  • Informes personalizables


  • Renovación de tarjetas


  • Apoyo administrativo

Y además:


  • Localización GPS


  • Gestión de flotas


  • Herramientas de descarga manual y descarga remota, en función de las necesidades del cliente

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137 comentarios en «Modo disponibilidad en el tacógrafo: qué es y cuándo usarlo»

  1. Hola, me he pasado 40 minutos más de disponibilidad por culpa de una obra con unos desvíos mal señalados o no lo he entendido yo y muchos más hasta turismos en Francia, que puede sucederme? Gracias

    1. Hola , mi pregunta es, yo inicio jornada y estoy trabajando con otro vehiculo que no tiene tacografo el camion que se encuentra en la empresa sin moverse como lo tendria que dejar en disponibilidad u otros trabajos hasta que me tocara sslir con el ??
      Gracias

        1. Mi jefe me obliga,bajo despido a poner cama,saria espera,otros trabajos,es legal o si me despide puedo reclamar toda esa cama en el camión a espera de cargar

          1. ¡Hola!

            Tanto empresa como conductor tienen la obligación de realizar correctamente los registros del tacógrafo. Según el reglamento (CE) no 561/2006 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 15 de marzo de 2006

            En el Art.4 :

            Pausa: cualquier período durante el cual un conductor no pueda llevar a cabo ninguna actividad de conducción u otro trabajo y que sirva exclusivamente para su reposo.
            Otro trabajo: cualquier actividad definida como tiempo de trabajo con arreglo al artículo 3, letra a), de la Directiva 2002/15/CE, salvo la conducción, incluido cualquier trabajo para el mismo u otro empresario dentro o fuera del sector del transporte;

            A efectos de la presente Directiva, se entenderá por:

            a) «tiempo de trabajo»:

            1) en el caso de los trabajadores móviles: todo período comprendido entre el inicio y el final del trabajo, durante el cual el trabajador móvil está en su lugar de trabajo, a disposición del empresario y en el ejercicio de sus funciones y actividades, esto es:

            – el tiempo dedicado a todas las actividades de transporte por carretera. Estas actividades incluyen, en particular:

            i) la conducción,

            ii) la carga y la descarga,

            iii) la asistencia a los pasajeros en la subida y bajada del vehículo,

            iv) la limpieza y el mantenimiento técnico,

            Descanso: cualquier período ininterrumpido durante el cual un conductor pueda disponer libremente de su tiempo;

            En este post tienes más información al respecto: Multas del tacógrafo: ¿Quién las paga? Responsabilidad y excepciones

            Esperamos haberte ayudado

            Un saludo.

  2. Buenos días, hay una pregunta que me gustaría hacerles, ya que no si en este caso lo estoy haciendo bien o no, mis dudas son:
    Yo termino mi jornada laboral a las 22h por ejemplo y tengo que hacer un descanso como mínimo de 9h, es decir, yo tendría que empezar a las 7 de la mañana, pero mi jefe dice que empiece mas tarde, yo a las 9´00 pongo disponivilidad, cuadrado, ya que no se cuando voy a empezar a conducir, a las 12 de la mañana me dice que arranque y me voy a cargar, la cuestión es: ¿desde las 9 de la mañana hasta las 12 se considera que ya he abierto disco y tengo que terminar a las 24,00?, o empieza a contar mi disponibilidad a partir de las 12 empieza y puedo trabajar hasta las 3 de la mañana del día siguiente, ya que ha esa hora tendría que terminar para que entren las 9h de descanso.
    No se si me he explicado, gracias.

    1. Hola Javier,
      Efectivamente, se considera que el disco está abierto desde el momento en que finalizas el descanso diario. Recordemos que el modo disponibilidad no es tiempo de conducción, pero tampoco descanso, y forma parte de la jornada de trabajo. Por eso, cuanto más tarde selecciones el modo disponibilidad (u otro modo diferente a descanso), más tarde empezarán a correr tus 24 horas de jornada (o 30 en caso de conducción en equipo). Siguiendo tu ejemplo, si terminas el descanso diario o semanal a las 9:00 de la mañana y pones disponibilidad, tu siguiente descanso diario deberá empezar antes de las 24:00 para cumplir con el tiempo de descanso.
      Esperamos haber aclarado tu duda.

      1. Buenas noches mi duda es acabo el descansó 9 o 11h la empresa no tiene viaje 2 días digamos yo empiezo el disco en disponibilidad con las pausas legales cada 6h haciendo 45 minutos de pausa y me gasto la jornada sin pasarme 20 horas a la semana de disponibilidad estoy legal o no la empresa me puede denunciar por esto lo estoy haciendo por denunciar a la empresa porque me pagan por kilómetros y debería pagarme dieta ?! Gracias un saludo

        1. ¡Hola Ceclan!

          Nosotros somos una empresa de servicios relacionados con el tacógrafo digital. En cuanto a la interpretación de la ley, poduedes consultar vía e-mail al MITMA sgit@mitma.es o en su página web oficial mitma.es.

          Muchas gracias

          Un saludo

  3. Buenas tardes, tengo una pregunta, si eres asalariado el cuadrado te sirve para limpiar disco ?? (Desayuno, comida..), ya que en teoría estas todo el día trabajando y si lo pones en cama ese tiempo no te lo pagan en caso de juicio.

    1. Hola Angel,
      Los modos del tacógrafo están definidos en la legislación de forma bastante clara, y usarlos de forma incorrecta para modificar los registros a nuestra conveniencia se considerará fraude. Supone una sanción muy grave por parte del Ministerio de Transportes. Además, en caso de ir a juicio para reclamar horas a la empresa, supondría que la denuncia fuera desestimada, o incluso perder y tener que pagar las costas del procedimiento, ya que en los juicios intervienen peritos expertos de tacógrafos que pueden identificar fraudes como este.
      Esperamos haber aclarado tu duda.

  4. Buenos días.
    El periodo de tiempo que uso con el coche de la empresa para llegar a donde cojo el camión.
    Hay que ponerlo en disponibilidad una vez que introduces la tarjeta??.
    Gracias

    1. Hola José Ramón
      El tiempo durante el cual estás conduciendo otro vehículo exento de tacógrafo para llegar a tu puesto no estás disponible para iniciar tu trabajo, por lo que no sería disponibilidad. Pregunta a tu jefe de tráfico para saber cuál es la actividad del tacógrafo que más se ajusta a tus condiciones.
      Esperamos haber resuelto tu duda.

  5. Hola,las 15 horas empiezan a contar desde que se itroduce la tarjeta en el tacógrafo ó desde que se mueve el camión? Un saludo,gracias.

    1. Hola Manuel,
      Dependiendo del modelo y marca de tacógrafo, este pondrá automáticamente un modo u otro al arrancar. Revisa en el tacógrafo cuando comiences tu jornada.
      También ten en cuenta que el plazo de tiempo que se aplica a conductores como jornada son 24 horas, no 15. Depender demasiado de la medida orientativa de las 15 horas puede ser peligroso.
      Esperamos haber aclarado tu duda.

  6. Hola
    He cerado el disco en modo disponibilidad sin darme la cuenta y así estuve casi 12 hr.y cuando me di cuenta cere el disco para hacer la pausa semanal 24
    La disponibilidad como se calcula y que problemas puedo tener
    Gracias

    1. Hola Ioan,
      A falta de mas información, es probable que tu descanso semanal no haya comenzado antes de finalizar las 6 jornadas de 24 horas. En esta entrada sobre el descanso semanal está explicado con más detalle.
      En cuanto a tu pregunta sobre la disponibilidad, y como indicamos en este artículo, se calcula de forma ponderada (es decir, se hace media de varias semanas) y hay un máximo establecido de 20 horas de disponibilidad semanales.
      Esperamos haberte sido de ayuda.

    2. Hola, soy autobusero, voy con una excursión programada, a las 10h llegamos a un punto en el que descargo, quedo en recogerles a las 15h. En que opción debo poner el tacografo? Y debo de interrumpir la opción que sea para realizar los 45 minutos de descanso o no sería necesario?

      1. Hola David,

        Según normativa si estás en período de espera has de poner disponibilidad, y deberás interrumpir si estás haciendo las paradas diarias.

        Esperamos haber resuelto tu duda.

  7. Buenas días, tengo una duda;

    ¿Se puede seleccionar la disponibilidad para realizar la pausa de 15 30 min o de 45 min de conducción? . Tengo entendido que está «pausa» no está contemplada en la definición de disponibilidad, es decir, la disponibilidad la define el reglamento como períodos distintos a las pausas o descansos y ésta pausa es de conducción no de trabajo, por tanto, al seleccionar dispobilildad el tacógrafo lo computa como pausa de conducción, de hecho, no salta el preavíso a las 4h 15min.
    Gracias

    1. Hola Miguel,
      Todas las pausas y descansos reconocidos por la ley del tacógrafo se refieren a la conducción, sin excepción. Por eso, y como indicamos en el artículo, la disponibilidad no puede usarse para sustituir las pausas ni el descanso.
      Recordamos, como ya hemos dicho en otras ocasiones, que usar los modos del tacógrafo de forma incorrecta para modificar los registros a nuestra conveniencia supone una infracción de categoría muy grave y una sanción de hasta 4001€ que recaerá tanto sobre conductores como sobre transportistas.
      Esperamos haber aclarado tu duda.

    2. Cuando entro en el aeropuerto y tengo que esperar 1 hora por el siguiente vuelo, ¿puedo poner en descanso ésa hora de espera o estoy obligado a poner disponibilidad? Gracias

      1. Hola Ramón,

        Según normativa en este caso sabiendo que es una hora de espera clara y si no tienes que estar pendiente ni dentro de la cabina del vehículo, podrás disponer de esa hora para descanso. Por el contrario si ese tiempo es estimado y estás pendiente de esa llamada para volver al trabajo, sí deberás indicar el modo disponibilidad.

        Esperamos haberte sido de ayuda.

  8. Buenas tardes, mi pregunta es algo complicada, yo en mi caso estoy de lunes a viernes en disponibilidad porque voy en un camión pero no conduzco, pero sábados y domingos estoy en conducción ya que estos 2 días sí que voy conduciendo el camion, mi pregunta es si estoy 5 días a la semana en disponibilidad y 2 días en conducción, estoy obligado a hacer los descansos semanales??
    A ver si me lo podéis aclarar porque estoy preguntando por todos lados y nadie sabe contestarme con toda seguridad.

    Gracias.

    1. Hola Antonio Jesús,

      Efectivamente, tu pregunta es complicada, ya que se basa en la interpretación de la ley. Para esta duda en concreto, te recomendamos que escribas a soportetaco.sgitt@fomento.es Este buzón es gestionado por el Ministerio de Transportes y pueden darte una respuesta más informada.

      Esperamos que de esta forma puedas resolver tu duda.

    2. Hola quería saber q para registrarme cuando hago la entrada manual y me pone fin de turno yo le pongo q no esta vien si le pongo q no y pongo el reloj a la hora q esta uno y la fecha y q estado en descanso

      1. Hola Ivan,
        Te indicamos que hagas revisión de tu tacógrafo pues si no está debidamente configurado y en hora, las entradas manuales que hagas no las registrará correctamente.
        Esperamos haberte sido de ayuda.

    1. Hola Rafa,

      Al ser el tiempo máximo de disponibilidad una media entre semanas, si se excede el máximo de 20 horas semanales durante una semana, bastará con pasar menos tiempo en disponibilidad la semana siguiente.

      Esperamos haber aclarado tu duda.

    1. Hola Vasile,

      Si conduces hasta el taller, el tacógrafo debe estar en modo conducción, que es el modo automático cuando el sensor detecta movimiento. Una vez en el taller, puedes dejarlo en descanso. Como sacarás la tarjeta de conductor, al recoger tu vehículo deberás hacer entradas manuales indicando que ha estado parado.

      Esperamos haber resuelto tu duda.

  9. Buenas tardes. Mi pregunta es si termino jornada de condición y le a posto en martillo 7h sin darme la cuenta y luego hacer 9h de descanso .es algo grave?

  10. Buenos días, en los descansos diarios y de 45h algunos dejan siempre la tarjeta dentro del tacografo, y otros la sacan siempre. Cual es la forma correcta. Gracias.

  11. mi pregunta es la siguiente si yo conduzco por ejemplo 4 horas 3 días seguidos esas horas son de disponibilidad podría conducir más los siguientes dias

    1. Hola Vicente,

      El máximo de horas de conducción diaria son 9 horas, con posibilidad de extenderlas a 10 hasta en 2 ocasiones a la semana. Este es un máximo no ponderado, lo que quiere decir que si un día se conduce menos de 9 horas, el máximo de horas de conducción en los días siguientes seguirá siendo 9 horas porque no se hace media. Aquí tienes todos los máximos de horas de conducción, tanto diarias como semanales.

    2. Hola buenos días quisiera quem me aclarasen

      El tiempo de disponibilidad.

      Yo arranco a las 08:00 con una furgoneta sin tacógrafo después a las 14:00 empiezo con el bus y acabo a las 18:30. Me voy a mí casa y después arranco el bus a las 21:45 y acabo a las 22:30.

      Que me cuenta de disponibilidad cuales son los máximos y incumplo algo

      Gracias

      1. ¡Hola Raúl!

        Nosotros somos una empresa de servicios relacionados con el tacógrafo digital. En cuanto a la interpretación de la ley, puedes consultar vía e-mail al MITMA sgit@mitma.es o en su página web oficial mitma.es.

        Muchas gracias

        Un saludo

  12. Buenas tardes. Aunque hay preguntas similares a la que yo quiero formular, aún me queda una duda. Yo soy de esos conductores que extraigo la tarjeta todos los días al terminar la jornada. Pongamos que por la mañana introduzco la tarjeta a las 7:00 h. pero no empiezo a conducir hasta las 7:15 h. Esos quince minutos entre que carga la tarjeta y hace aire el camión (por ejemplo) los dejo en descanso. Mi pregunta es: si ese día estoy obligado a hacer un descanso diario de once horas, ¿deberé estar parado a las 22:00 h. o tendré ese margen de quince minutos y podré apurar hasta las 22:15 h. sin infringir ninguna normativa?

    1. Hola Luis,

      Como se indica en preguntas similares, la jornada se considera abierta cuando finaliza el descanso diario (o semanal si venimos de un descanso semanal). Si quieres estar más seguro, imprime las actividades de las últimas 24 horas para comprobar la hora exacta a la que tu tacógrafo registra que comienzas la jornada.

  13. Hola,mi pregunta es las horas de espera para cargar y descargar son disponibilidad o otros trabajos??cuando no conocemos el tiempo de espera y casi siempre es asi,estas horas se tienen que pagar??gracias

    1. Hola Manuel,

      Para dar respuesta a tu pregunta, te remitimos al Real Decreto 1561/1995 sobre jornadas especiales de trabajo y al convenio sectorial de tu provincia.

      Esperamos que ambos documentos aclaren tus dudas.

  14. Hola, yo trabajo con un camión en obra de 7.30 a 19.00.
    Hago un descanso de bocadillo sobre las 10:00,paro a comer a las 13 durante hora y media.
    Mientras trabajo que casi no se conduce nada, máximo 3/4 horas diarias y las demás horas son trabajos varios ya que el camión descarga con grúa y no se mueve.
    On tantas horas de trabajos varios, como cuentan los descansos dentro de las 10 horas laborables?
    Al tener menos horas conducidas a la semana, puedo trabajar cada semana 6 días o no està permitido?
    Dudo mucho como funciona todo esto al tener tantas horas semanales de trabajos varios. Espero que me puedan ayudar

    1. Hola Alberto,

      Mientras el tacógrafo sea obligatorio para vehículos de la construcción, y a fecha de mayo de 2021 lo es, la normativa se aplica igual que al resto de vehículos. Deberás hacer los descansosos diarios y semanales como corresponde, con los límites de conducción máxima semanal y bisemanal. Al igual que el resto de conductores, puedes trabajar 6 días a la semana siempre y cuando no sobrepases las 144 horas, o 6 jornadas consecutivas de trabajo (es decir, si comienzas la semana el lunes a las 7:30 deberás empezar el descanso semanal antes de las 7:30 del domingo), teniendo en cuenta que debes hacer los descansos semanales de 45 horas cuando corresponda, y compensar los descansos semanales reducidos. Por último, recordarte que cuando no conduzcas pero trabajes con la grúa o en otras tareas de la obra no será descanso, sino otros trabajos. Los otros trabajos no generan necesidad de hacer las pausas de 45 minutos, pero sí cuentan para el cómputo de la jornada. Sólo en los descansos del bocadillo y de la comida corresponderá hacer descanso. Usar los modos del tacógrafo de forma incorrecta y según convenga al usuario y a la empresa puede suponer importantes sanciones.

      Esperamos haber aclarado tus dudas

  15. Hola mi duda es la siguiente. Hoy es viernes y he comenzado la conducción a las 8.30 horas llegaría a casa a las 11.45 llegó con horas suficientes pero no se si es sancionable que me pase de las 15 horas de disponibilidad aunque sea para llegar a casa y hacer el descanso semanal. Gracias

    1. Hola Miguel,

      Las 15 horas de disponibilidad son una estimación que usan los profesionales del transporte, no un máximo establecido por la ley y por el que te pueden sancionar. En todo caso, la sanción se debería a exceso de horas de conducción, o por no incluir el descanso correspondiente en la jornada de 24 horas.

      La legislación incluye una excepción para poder llegar a casa. En este artículo explicamos en qué casos puede usarse, y cómo hacerlo.

  16. Si pongo el taco grafo en disponibilidad entre las 4 30h se concederá como descanso entre dos conducción de 4 30h no en descanso diario o fin semana .gracias

    1. Hola Omar,

      Sólo el modo descanso sirve para descansar. Recordamos, como ya hemos dicho en otras ocasiones, que usar los modos del tacógrafo de forma incorrecta para modificar los registros a nuestra conveniencia supone una infracción de categoría muy grave y una sanción de hasta 4001€ que recaerá tanto sobre conductores como sobre transportistas.

      Esperamos haber aclarado tu duda.

  17. Antonio Janovas merino

    Buenas tardes :
    Quisiera realizar la siguiente consulta, ¿como se definen las horas de guardia durante el tiempo fuera de la jornada laboral, que no supusieran trabajo efectivo, pero que si condicionan la vida y la libertad de uso del tiempo del conductor?

    1. Hola Antonio,

      Esta información debe encontrarse en el contrato de trabajo o, en su defecto, en el convenio sectorial de aplicación. Nosotros nos limitamos a repasar la normativa del tacógrafo.

  18. Si yo conduzco 4h, aculo y espero 1h en disponibilidad esperando mientras me cargan, ¿ me valdría como pausa para conducir de vuelta otras 4h? Veo que preguntan por ahi pero la respuesta no es clara

    1. Hola Ruben,

      Esta cuestión aparece en la propia normativa y a lo largo del artículo: La disponibilidad se refiere a los periodos distintos de los periodos de pausa o de descanso. El modo disponibilidad no podrá usarse cuando corresponda realizar una pausa para conmutarla por este modo, excepto en la conducción en equipos. Durante conducción individual, sólo el modo descanso sirve para realizar pausas. En ningún supuesto se puede usar el tacógrafo en posición de disponibilidad para conmutarlo por el descanso diario o semanal.

      También recordamos, como hemos dicho en otros comentarios similares, que usar los modos del tacógrafo de forma incorrecta para modificar los registros a la conveniencia del conductor supone una infracción de categoría muy grave y una sanción de hasta 4001€ que recaerá tanto sobre conductores como sobre transportistas.

  19. Hola buenas tardes, me gustaría saber como se considera el espacio de tiempo desde que dejo a unos clientes de excursión hasta la Recogida. Me gustaría saber como debería poner el tacógrafo en ese caso.

    Un saludo

    1. Hola Antonio,

      Realiza esta consulta en tu empresa y, en caso de duda por parte de tus superiores, revisad el convenio de la provincia. Nosotros nos limitamos a reflejar el contenido de la ley.

  20. Buenos días. En mi caso, la duda está en qué actividad seleccionar durante la espera para efectuar la carga o descarga en un puerto. Este tiempo de espera siempre es prolongado, aunque no siempre es igual, y no es sabido de antemano la duración de la espera. Unas veces ese tiempo es de 1 hora y otras veces puede serlo de 3 horas, pero nunca se sabe de antemano. La espera se realiza a bordo del vehículo, dentro de las instalaciones portuarias, junto a la zona de carga.
    La pregunta es, ¿sería correcto seleccionar «disponibilidad» en el tacógrafo para registrar ese tiempo de espera, o debiera seleccionarse «otros trabajos?
    Atendiendo a la Directiva CE 15/2002 veo que el tiempo de disponibilidad debe ser conocido de antemano, así como que no tengo la obligación de permanecer en el puesto de trabajo (y según esa misma directiva, las instalaciones portuarias tendrían la consideración de «puesto de trabajo»). Sin embargo, en mi caso, ni conozco de antemano la duración, ni tengo otra opción de espera más que quedarme en el camión dentro de las instalaciones portuarias. Gracias

    1. Hola Félix,

      Esta consulta debes plantearla a tu superior en la empresa, ya que es quien mejor conoce las necesidades de la flota y vuestra forma de trabajar. Por otro lado, si realizas las esperas de carga y descarga en territorio español, consulta el Real Decreto 1561/1995, que traslada la Directiva CE 15/2002 y es más preciso en determinadas cuestiones.

    1. Hola Miguel,

      Aquí tienes un resumen de los tiempos de conducción y descanso que puede serte de utilidad.

      Asimismo recordamos, como hemos hecho en otras ocasiones, que llamar «disponibilidad» al periodo de tiempo entre descansos lleva a confusión, ya que la disponibilidad es una actividad específica del tacógrafo con sus propios máximos, mientras que lo otro es una medida orientativa sin validez legal, ya que lo que cuenta es la duración de la conducción y del descanso.

  21. Hola buenas si en mi contrato viene 40 horas semanales de trabajo y hago a la semana 3 días 15 horas de disponibilidad y otros 3 de 12 horas es decir unas 81 horas semanales de disponibilidad esas 41 horas que se echan de más se pueden reclamar como disponibilidad de guardia directa es decir que estoy en mi puesto de trabajo gracias

    1. Hola Jorge,

      No todas las horas que un chófer pasa en ruta forman parte de la jornada activa de trabajo, de la misma forma que un trabajador de oficina no cuenta su hora de la comida como parte de la jornada aunque almuerce en el mismo edificio. Cada actividad del tacógrafo tiene una consideración diferente según la normativa europea, por lo que no puede hablarse de 15 o de 13 horas de jornada porque no se ha realizado trabajo efectivo durante todo ese tiempo. Para saber exactamente la duración de tu jornada y tus horas de trabajo efectivo, podemos forecerte el análisis de ficheros de conductor.

      En cuanto a la consideración de las actividades del tacógrafo de cara a la jornada, las hemos resumido en este artículo sobre la jornada laboral en el sector.

  22. Buenos días,
    De antemano gracias por vuestra ayuda. Como muy bien indicáis el tiempo de disponibilidad está en tierra de nadie. Os explico la multa que hemos recibido. El chofer para en Madrid, cierra en Madrid y se va 15 días de vacaciones a Portugal donde casualmente reside. Lleva el su tarjeta en regla, es decir con la pausa/vacaciones de 15 días, también el documento original firmado y sellado por la empresa de que cerró tal día en Madrid y abrió tal día en Madrid . Todo perfecto, pero lo multan con2001€ por no poner disponible las 4/5 que tardó en llegar a su casa, en su coche privado ¿? La multa es de la policía vasca en Donostia

    Todo con afán de recaudar, ya que él iba con su coche privado para casa, cómo va a ir de segundo conductor? No entendemos nada, y como pone 10/9 horas de disponible , según el policía, (de ida y vuelta) y resto vacaciones en el tacógrafo??

    Aplica art34.3 Reg UE/165/20214 dice no hemos hecho anotaciones manuales (poner disponible ese tiempo de casa al trabajo) y también art 9.2 Reg U 561/2006 que no hemos puesto segundo conductor ¿’? Cómo lo vamos a poner si él en el momento que cerré en Madrid ya estaba de vacaciones y condujo su coche privado

    Gracias otra vez por vuestra ayuda y consejos para poder recurrir la multa

  23. Buenas tardes,
    ¿Puedo abrir dos jornadas dentro de las mismas 24h, por tener que llevar el camión al taller?
    Es decir por la mañana abro jornada y dejo el camión todo el día en el taller. Por la tarde recojo el camión a las 20:00,para salir de ruta, después de haber hecho descanso de 9h.
    ¿Estoy inclumpliendo alguna normativa? En el taller me dan un justificante como que el camión ha permanecido allí todo el día ¿Esto me exime, en caso de incumplimiento?
    Muchas gracias.
    Saludos.

    1. Hola Ramón,

      No incumples ninguna normativa por abrir jornada dos veces en las mismas 24 horas. El máximo que puede durar la jornada de trabajo del conductor es de 24 horas (o 30 en caso de conducción en equipo), pero no hay mínimos. Siempre y cuando hayas puesto descanso en tu tarjeta al dejar el camión en el taller, y hagas las correspondientes entradas adicionales al abrir la segunda vez, todo figurará correcto.

      En cualquier caso, y aunque a priori lo que has hecho parece correcto, guarda el justificante del taller con el resto de registros del tacógrafo (28 días en la cabina del camión y después un año en la oficina).

  24. Buenas dias
    Las conducción en equipo hasta que tiempo máximo pueden dejar el conductor su tar
    jeta sin cambiar con el ot
    ro,?
    Es decir si uno a metió su tarjeta y no a cambiado con otro hasta 15 de disponibilidad se considera conducción sieple o en equipo

  25. Hola, no tengo claro que selector tengo que poner para parada de comida o de un cafe, disponibilidad o cama?, los tiempos de otros trabajos, tienen un tiempo limitado?
    Gracias

    1. Hola Javier,

      Cuando paras a hacer la pausa para comer estás comiendo y descansando tras un periodo de conducción continua, por tanto no estás a disposición de tu empresa para retomar tu trabajo en cuanto te lo digan, y no estás haciendo trabajos diferentes a la conducción.

      Los modos del tacógrafo están definidos en la legislación de forma bastante clara y autodefinitoria. Por tanto, usarlos de forma incorrecta para modificar los registros a tu conveniencia se considerará fraude. Supone una sanción muy grave por parte del Ministerio de Transportes. Además, en caso de ir a juicio para reclamar horas a la empresa, supondría que la denuncia fuera desestimada, o incluso perder y tener que pagar las costas del procedimiento, ya que en los juicios intervienen peritos expertos de tacógrafos que pueden identificar fraudes como este.

      1. Me surge la duda respecto de la disponibilidad en las comidas en ruta. Si paras a comer, ¿no debería ponerse el tacógrafo en modo disponibilidad?. El Real Decreto 1561/1995, sobre jornadas especiales de trabajo dice que «Se considerará tiempo de presencia aquel en el que el trabajador se encuentre a disposición del empresario sin prestar trabajo efectivo, por razones de espera, expectativas, servicios de guardia, viajes sin servicio, averías, comidas en ruta u otras similares.» Salvo que coincida con los 45 minutos de pausa, debería ser disponibilidad, no?

        1. Hola Azucena,

          Efectivamente nos guiamos por el Real Decreto 1561/1995 para aplicar la disponibilidad, aunque deberás contrastar esta información con el convenio de los trabajadores de cada comunidad autónoma.

          Esperamos haberte sido de ayuda.

  26. En 2 semanas empiezo a trabajar con un rigido.
    Empiezo a las 20:30h conducto 1h30 y dejo aparcado para que lo carguen aprox 1h parado. Cuando este listo,me llaman y lo conduzco 1h30 aprox, lo aparco y ahi se queda unas 3h para descargar y que lo carguen. Mientras me voy y me llaman cuando este cargado y ya retorno directamente a base que tardo unas 3h a 3h30m. Aparco lo descargan y ya termino hasta otra vez lo mismo todos los dias de Lunes a Viernes.
    En que posicion debo poner tacografo mientras cargan y descargan. En Disponibilidad ¿?
    Sumando todas esas horas me paso de las 9h diarias o de 9h diarias y 2 de 10h.
    Como debo hacerlo ¿?

    1. Hola David,

      A falta de más información, la actividad que corresponde mientras no estás conduciendo pero a disposición de la empresa sería disponibilidad. En cualquier caso, consúltalo con la empresa porque ellos conocen mejor tu situación específica.

      En cuanto al total de horas, recuerda que para las horas de conducción sólo se cuenta la conducción; ni el tiempo en disponibilidad, ni en descanso ni en otros trabajos cuenta para el total de horas conducidas en ningún caso.

      Consulta este artículo sobre horas máximas de conducción permitidas para aclarar tus dudas.

  27. hora buenos dias he tenido un despiste si me ha quedado la tarjeta en otros trabajos toda la noche, esta mañana cuando me di cuenta le he sacado poniendola en cama, cuanto tiempo debe pasar para volver a introducirla sin que pueda ser sancionable gracias

    1. Hola Luis,

      Te van a sancionar en cualquier caso, ya que el descanso diario correspondiente debe finalizar antes de que pasen 24 horas desde que terminó el anterior.

  28. Buenos días, si debo parar a las 11:00 de la mañana para hacer las 45 horas, puedo pasarme para llegar a casa. Y cuanto tiempo puedo hacerlo.

  29. Un chófer de bus, que está en el aeropuerto esperando la llegada de pasajeros para trasladarlos al hotel, ese tiempo cuenta en el tacografo como disponibilidad?

    1. Hola Aristides,

      Este tipo de dudas deben plantearse a la empresa, ya que es quien mejor conoce la realidad de su propia actividad.

  30. Hola buenas tardes, yo estoy haciendo hoy un servicio discrecional ya que soy conductor de autobús y llego a Zaragoza que es mi destino final de llegada y saco la tarjeta a las 20 de la tarde, que tiempo tiene que transcurrir para que pueda volver a meter la tarjeta al día siguiente para hacer otro servicio discrecional?

  31. Hola cerré mi tacógrafo a las 8 para hacer descanso de 9 h saqué la Tarjeta Y después moví el camión un poco para adelante. ¿Cuando ponga la tarjeta me cuenta desde que lo cerré o después que lo moví ?

    1. Hola Paulo,

      Una vez iniciado el descanso diario, nos piden que movamos el vehículo. Aplicando la regla del minuto, si el movimiento se hace en tramos de menos de 30 segundos intercalados, el modo del tacógrafo seguirá siendo descanso. Sin embargo, en este caso el tacógrafo registrará movimiento, debido al giro de las ruedas y a la distancia recorrida. Debido a la definición en la normativa, esta interrupción del descanso puede suponer una sanción.

      Puedes encontrar más información en este otro artículo de nuestro blog: La regla del minuto en el tacógrafo digital

      Esperamos haberte sido de ayuda.

  32. El otro día verte el disco y saqué la tarjeta
    Como no me acordaba a la hora que había parado la volví a meter (a las tres horas) para sacar un ticket. Cuando termine el descanso reducido salí. Al día siguiente volví a sacar un ticket de ese día y me contó un minuto de martillo interrumpiendo el descanso. Como se considera eso? Fata grave?
    Hay alguna forma de solucionarlo?

  33. Buenos días. Como he podido leer en el artículo veo que la disponibilidad no puede contabilizarse como periodo de pausa. a mí lo que me extraña es porque entonces el tacógrafo cuando tú lo pones en disponibilidad lo resta del tiempo de pausa, con lo que si hago quince minutos de pausa y luego hago otros 30 minutos de pausa resetea a cero y ya tienes otra vez tiempo de conducción. Están mal los tacógrafos entonces?

    1. Hola Juan Antonio,

      Según nos cuentas hacer 15 30 minutos de pausa efectivamente te resetea a cero y tienes de nuevo tiempo de conducción. No entendemos muy bien a qué te refieres con poner disponibilidad que te resta tiempo de pausa, por favor indícanos más datos.

      Esperamos haberte sido de ayuda.

  34. Buenas, yo cojo el camión a las 5:30h
    Y me voy a por la plataforma, que tardo en llegar 10 minutos, engancho y salgo a carretera a las 6:30h y hago 1h de conducción, llegado, me descargan en 1:30h, luego regresó al parking del camión sobre las 10h, y no vuelvo a coger el camión hasta las 16h, luego por la tarde ago 3/4 recogidas más, y en cada recogida tardan en cargar sobre tres cuartos de hora a una hora, mi pregunta es, ¿tengo que poner en disponibilidad cuando llegó por la mañana y disponibilidad, cuando me están cargando por la tarde. Muchas gracias por todo

  35. Buenas tardes.
    Tengo una duda con los tacografos nuevos.
    Resulta que cuando introduzco la tarjeta me pone “Listo para conducir” pero se queda el cuadradito blanco conforme la esta leyendo, tengo que esperar a que salga la ventanita de siempre de encima del cuadradito? O al decirme “Listo para conducir” ya puedo arrancar?
    Un saludo

  36. Buenos días, el tiempo de espera entre presentar documentación y entrar a muelle a cargar o descargar, ¿qué es, otros trabajos o disponibilidad?.

  37. Hola.
    Yo trabajo con bus solo sábados y domingos.
    Mi pregunta es….

    Yo podría empezar la jornada el sábado a las 07:00 y terminar a las 22:30 (15:30) y el domingo empezar a las 07:45 y terminar a las 23:30 (15:45)??

    Los 2 dias sin superar los períodos de conducción

  38. Hola! Tengo una duda. La pausa de 45 minutos de hace dentro de las 15 horas de disponibilidad? O cuenta como pausa aparte de las 15 horas?

    1. Hola Paula,

      Según indica la normativa «no podrá usarse el modo disponibilidad durante pausas en la conducción ni en los descansos diarios o semanales, ni en las compensaciones de los mismos» por lo tanto la pausa de 45 minutos (15 30min) habrá de hacerse dentro de la disponibilidad.

      Esperamos haberte sido de ayuda.

  39. Hola Tengo una pregunta:

    No entiendo muy bien la distinción entre horas de conducción y otros trabajos, y cómo se tiene que contabilizar.

    Ejemplo:

    La norma te dice que con 4:30 de conducción tienes que hacer una pausa de 45 minutos.

    Mi pregunta es la siguiente:
    9 am -1 h cargo camión
    10 am – 2 h de conducción
    12 pm – 1 h descargo camión
    14 pm – 2:30 h de conducción
    16:30 – llego a plataforma

    Entiendo que tengo que hacer el descanso de 45 minutos a las 16:30 pm? o cómo tendría que contabilizar las horas de carga y descarga (que sería otros trabajos no?)

    Gracias

  40. Hola.
    Si tengo jornadas de 8 horas con el camión,para hacer 40 de lunes a viernes,los 45 de cama que paro para hacer la pausa entran dentro de esas 8 horas de jornada ,ó debo de hacer 8.45 al día ?

    1. Hola Vicente,

      tu jornada final para cumplir con la normativa del tacógrafo será de 8.45 min al día pero tendrás que revisar lo que te han establecido en el contrato para realizar el cálculo final de tu jornada semanal.

      Esperamos haberte sido de ayuda.

  41. Buenas ,

    En el caso de conducir 4h y 30min de 06:00h a 10:30h realizó una pausa de 10h sin conducir , y reanudó la marcha pasadas las 10h 20:30h hasta las 22:30h estaría utilizando 2 disponibilidades en un solo día , eso me afecta para los 6 días de conducción ? Es decir , deberé de restar un día menos al total semanal ? O es posible hacer 2 disponibilidades en un mismo día contándose en total 7 disponibilidades para seis días trabajados ?

    1. Hola Javier,

      Si realizas un descanso normal de 10 horas entre esas dos jornadas, y sigues haciendo tus jornadas con descansos normales o reducidos, no entendemos dónde indicas la disponibilidad. Según normativa sí se pueden poner en una misma jornada dos disponibilidades aunque recordamos que la disponibilidad es el periodo durante el que no se está trabajando y no hay obligación de estar en el vehículo. Sin embargo, tendrá que ser posible retomar la actividad lo antes posible, ya que estamos disponibles para acatar órdenes.

      Esperamos haber resuelto tu duda.

  42. Hola
    Puedo hacer el descanso de 45 mientras me descargan en muelle y yo estoy en la cabina por ejemplo leyendo un libro o escuchando música?
    GRACIAS

    1. Hola Juan,

      Según la prohibición del descanso en cabina de camión se estableció en el Reglamento (CE) no 561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de marzo de 2006, los conductores deben tomar sus períodos de descanso diarios y semanales en alojamientos adecuados fuera del vehículo. Precisamente el descanso de 45 minutos está pensado para mitigar la fatiga al volante, si no sales del vehículo a estirar las piernas por ejemplo, el cuerpo en la misma postura acusa cansancio que se transforma en fatiga al volante.

      Esperamos haber resuelto tu duda.

  43. Hola, hay que ver que aqui hay trabajo eh? mi duda, yo hago colegios con un bus en vigo, para ello a las 7 de la mañana tengo que estar en la nave, de alli me trasladan en un bus hasta el colegio donde esta el bus a 30 min de la nave, despues tengo que meter a los niño a las 9 sacarlos a la 1 volver a meterlos a las 3 y sacarlos a la 5:30, el resto del tiempo estoy en vigo pero no puedo ir a mi casa. Durante este tiempo yo deberia poner el tacografo en disponibilidad? de ser asi no creo que a mi jefe le interese que lo haga, hay alguna ley que me obligue a poner disponibilidad o alguna consecuencia de no hacerlo para poder alegarla? por otro lado todos los domingo a las 8 de la mañana tengo una excursion, no deberia descansar 48 horas seguidas? Gracias

    1. Hola José Manuel,

      Intentamos contestar a las dudas sobre normativas y reglamentos del tacógrafo digital en este blog, al ser tu pregunta tan específica te recomendamos consultar con un abogado para no llevar a equívocos, ya que si nosotros te indicamos normativa y por contrato o convenio tienes que acatar otras reglas no podríamos ayudarte e incluso te ocasionaríamos más confusión. Para la última pregunta que nos haces, te recomendamos leer Tiempos de conducción y descanso 2023: Todo lo que debes saber

      Esperamos haberte sido de ayuda.

  44. Hola
    Yo me pasa el siguiente
    Llegue al lugar de descarga a las 07:15 y me va tocar el descanso semanal a las 09:10 y no me descargaron hasta las 12:00
    Mi jefe me dice cierra la jornada y quitar la tarjeta a las 09:00 y accede a descargar sin tarjeta y sale fuera de los muelles y termina el descansó semanal allí y lo he hecho
    Luego me llamaron para decirme que ponga mi tarjeta y abrir jornada y sacar ticket y escribir ✍️ romper la disponibilidad pará llegar a base para hacer 45 h la base esta a 40 minutos cómo muchos
    Mi pregunta si eso es correcto o que es lo que va pasar
    SALUDOS
    Y la base

  45. Buenos días
    Conduzco un camión en una empresa de construcción. Trabajo de 7 a 15h pero en ocasiones tengo que salir de noche a cubrir alguna urgencia. Si estoy en lo correcto y el tiempo de disponibilidad no se puede dividir, es decir, que comienza a las 7 acaba a las 22h, ¿podría atender el trabajo a partir de las 22h o no?

    1. Hola Jorge,

      Según normativa «El máximo establecido de disponibilidad es de 20 horas semanales ponderadas. Esto quiere decir que se calcula la media entre varias semanas. Por ello, si una semana se registran 30 horas de disponibilidad y a la siguiente 10, la media sigue siendo correcta.»

      Esperamos haberte sido de ayuda.

  46. Hola, tengo una pregunta. Si estoy en el molle y me carga/descarga( no me dice nada que tengo que esperar un rato) , el tacógrafo en que modo debe estar? Disponibilidad o otros trabajos? Muchas gracias!

    1. ¡Hola Alexandru!

      Según el Real Decreto 1561/1995, sobre jornadas especiales de trabajo: «Se considerará tiempo de presencia aquel en el que el trabajador se encuentre a disposición del empresario sin prestar trabajo efectivo, por razones de espera, expectativas, servicios de guardia, viajes sin servicio, averías, comidas en ruta u otras similares»

      Por lo que la disponibilidad es el periodo durante el que no se está trabajando y no hay obligación de estar en el vehículo. Sin embargo, tendrá que ser posible retomar la actividad lo antes posible, ya que estamos disponibles para acatar órdenes. Estos son los dos elementos clave de la definición, y lo que nos ayudará a distinguirla del resto de modos.

      Esperamos haberte ayudado

      Muchas gracias.

  47. Hola, llevo 6 meses de cuando he regresado a mi empresa , y ahora de cuando empezó ellos me obligan a poner siempre en cama, cuando descargo, cuando espero , etc , yo quiero reclamar las horas extras, se puede reclamar y lo he puesto siempre en cama?! ( porque ellos me obligan), también creo que falta algo de las dietas, gracias

    1. ¡Hola Florín!

      Tanto empresa como conductor tienen la obligación de realizar correctamente los registros del tacógrafo. Según el reglamento (CE) no 561/2006 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 15 de marzo de 2006

      En el Art.4 :

      Pausa: cualquier período durante el cual un conductor no pueda llevar a cabo ninguna actividad de conducción u otro trabajo y que sirva exclusivamente para su reposo.
      Otro trabajo: cualquier actividad definida como tiempo de trabajo con arreglo al artículo 3, letra a), de la Directiva 2002/15/CE, salvo la conducción, incluido cualquier trabajo para el mismo u otro empresario dentro o fuera del sector del transporte;

      A efectos de la presente Directiva, se entenderá por:

      a) «tiempo de trabajo»:

      1) en el caso de los trabajadores móviles: todo período comprendido entre el inicio y el final del trabajo, durante el cual el trabajador móvil está en su lugar de trabajo, a disposición del empresario y en el ejercicio de sus funciones y actividades, esto es:

      – el tiempo dedicado a todas las actividades de transporte por carretera. Estas actividades incluyen, en particular:

      i) la conducción,

      ii) la carga y la descarga,

      iii) la asistencia a los pasajeros en la subida y bajada del vehículo,

      iv) la limpieza y el mantenimiento técnico,

      Descanso: cualquier período ininterrumpido durante el cual un conductor pueda disponer libremente de su tiempo;

      Esperamos haberte ayudado

      Un saludo.

  48. Hola,tengo una duda, cuando tengo que hacer 13 h de disponibilidad y 11h de descanso, si dentro de las 13h hago 3 h de pausa seguidas ,luego puedo ampliar la disponibilidad alas 15h, ya que 3h+ 9 computan como un descanso de 11h.Muchas gracias.

    1. ¡Hola Antonio!

      En nuestro post Descanso diario del tacógrafo tienes toda la información.

      Te indicamos las horas de disponibilidad de conducción

      Jornada de 24 horas – Descanso diario (11 horas) = 13 horas disponibles para conducir

      Jornada de 24 horas – Descanso reducido (9 horas) = 15 horas disponibles para conducir

      Jornada de 24 horas – Fracción de descanso (3 horas) – Fracción de descanso (9 horas) = 12 horas disponibles para conducir

      Gracias

      Un saludo

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