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Cabotaje en la Unión Europea: Requisitos, normativa y buenas prácticas

El cabotaje en la Unión Europea es una operativa clave en el sector del transporte internacional, pero también es una de las que genera más dudas y confusión entre los transportistas.

Conocer las reglas que lo rigen es esencial para evitar sanciones y optimizar las operaciones logísticas.

¿Qué es el cabotaje en la Unión Europea?

El cabotaje hace referencia al transporte de mercancías por carretera que realiza una empresa extranjera dentro de un Estado miembro que no es el de su registro.

Esta actividad está regulada por el Reglamento (CE) n.º 1072/2009, con el fin de garantizar la competencia leal y evitar el abuso de empresas que operen de manera permanente en otro país.

Requisitos generales para realizar cabotaje

Para que un transportista pueda llevar a cabo operaciones de cabotaje en la Unión Europea, debe cumplir con una serie de condiciones básicas:

  • Poseer una licencia comunitaria válida y llevar una copia auténtica a bordo del vehículo.
  • En caso de conductores de terceros países, disponer de un certificado de conductor.
  • Completar un transporte internacional previo con descarga total de la mercancía antes de iniciar cualquier operación de cabotaje.

Es fundamental que estos documentos sean originales, ya que no se aceptan copias escaneadas ni versiones digitales.

Límites y plazos del cabotaje

El cabotaje está sujeto a límites específicos para evitar la competencia desleal:

  • Tras la descarga del transporte internacional, se permiten hasta tres operaciones de cabotaje en un plazo de siete días.
  • Este plazo se inicia a las 00:00 horas del día siguiente a la finalización de la descarga internacional.
  • Si el vehículo se traslada a otro Estado miembro tras el cabotaje, podrá realizar una nueva operación en ese país dentro de los tres días siguientes a su entrada.

Además, tras finalizar las operaciones de cabotaje en un Estado miembro, el vehículo debe esperar cuatro días antes de poder realizar cabotaje nuevamente en ese mismo país.

Cabotaje y transporte combinado

El transporte combinado es otra situación que puede generar dudas sobre su consideración como cabotaje.

Según la Directiva 92/106/CEE, el transporte combinado se refiere a la combinación de carretera, ferrocarril o transporte marítimo.

Sin embargo, cada país tiene la potestad de determinar si estas operaciones cuentan como cabotaje.

Por ejemplo:

  • En Suecia y Dinamarca, el transporte combinado se considera cabotaje si incluye tramos por carretera en territorio nacional.
  • En Francia, cada carta CMR constituye una operación de cabotaje, incluso en transporte combinado.

Por este motivo, es esencial que los transportistas revisen la legislación de cada país antes de iniciar operaciones de transporte combinado.

Documentación obligatoria y control

Para justificar la legalidad de las operaciones de cabotaje, los conductores deben contar con:

  • Carta CMR de transporte internacional.
  • Documentación detallada sobre las operaciones de cabotaje (CMR adicionales si se realizaron varias operaciones).
  • Registros del tacógrafo que acrediten los desplazamientos y tiempos de carga y descarga.

Las inspecciones en carretera suelen ser rigurosas, por lo que contar con todos los documentos actualizados y debidamente cumplimentados es muy importante.

Sanciones por incumplimiento de la normativa de cabotaje

Las infracciones más comunes relacionadas con el cabotaje incluyen:

  • Realizar más operaciones de las permitidas.
  • Empezar a operar sin haber completado previamente el transporte internacional.
  • No presentar la documentación exigida o aportar registros incompletos.

Estas infracciones se consideran graves y pueden acarrear sanciones económicas elevadas. Por ejemplo, en Francia, las multas por cabotaje ilegal pueden alcanzar los 15.000 euros.

Conclusión: La clave está en el conocimiento y la precisión

El cabotaje en la Unión Europea es una herramienta valiosa para los transportistas, pero también implica riesgos si no se respetan las normativas.

Estar al día con las legislaciones nacionales, documentar correctamente cada operación y actuar con precisión son las claves para operar de forma legal y eficiente.

Mantenerse informado y adaptar los procesos internos a las exigencias del cabotaje ayudará a los transportistas a evitar sanciones y a aprovechar las oportunidades que brinda el mercado europeo del transporte.

Los servicios de Tadig te permiten optimizar la gestión de tu flota y cumplir con las exigencias normativas del cabotaje.

Gracias a su sistema de descarga remota del tacógrafo digital y localización GPS, podrás llevar un control exhaustivo de los tiempos de conducción y descanso, además de disponer de los registros necesarios en caso de inspección.

Así, puedes dedicarte a tu actividad con la tranquilidad de que estás operando dentro de la legalidad.

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