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El Brexit y el transporte por carretera

La salida de Reino Unido de la Unión Europea, normalmente referida como “Brexit”, es tema de actualidad desde 2017. En este año la población inglesa votó en referéndum para abandonar la Unión. Sin embargo, el proceso se ha alargado en el tiempo y, por el camino, ha sembrado interrogantes. Uno de ellos es qué supondrá el Brexit para el transporte por carretera, tanto de mercancías como de viajeros.

El proceso del Brexit

Como ya hemos visto, el Brexit se aprobó por referéndum en 2017. Desde ese momento, Reino Unido ha tenido 2 años (más una serie de prórrogas) para aprobar un acuerdo que suavice la salida. Sin él, se cortarían las relaciones de todo tipo entre Reino Unido y el resto de la Unión Europea. Esto, tanto a nivel económico como social, sería una situación muy complicada.

El acuerdo de salida salió adelante en la fecha prevista. Así, una vez llegado el 1 de enero de 2020, Reino Unido y la Unión Europea disponían de un periodo transitorio de 11 meses, durante el que no habría cambios de normativa. Este periodo transitorio debía usarse para negociar acuerdos comerciales entre Reino Unido y la Unión Europea.

Sin embargo, la realidad del año 2020 ha sido muy convulsa, con lo que las negociaciones internacionales han sido prácticamente imposibles de llevar a cabo. Por ello, Reino Unido y Bruselas han acordado otro régimen transitorio provisional, aplicable hasta el 28 de febrero de 2021.

Una vez llegada esta fecha, el régimen transitorio podrá ser modificado de nuevo, siempre y cuando Reino Unido y la Unión Europea lleguen a un acuerdo al respecto.

Periodo transitorio adicional hasta febrero de 2021

La legislación transitoria actualmente vigente garantiza que el transporte terrestre entre la Unión Europea y Reino Unido siga fluyendo. También permite la posibilidad de tránsito por Reino Unido para llegar a otros países de la Unión, como es Irlanda. Sin embargo, aparecen ciertas limitaciones que también repasaremos.

Qué se mantiene en el acuerdo transitorio

En líneas generales, el transporte terrestre entre la Unión Europea y Reino Unido, tanto de mercancías como de viajeros, queda permitido bajo las licencias de transporte comunitarias en vigor. Las cuestiones específicas de cada tipo son las siguientes:

  • Transporte de mercancías. Las empresas españolas de transporte de mercancías pueden seguir realizando operaciones de transporte sin límite entre la Unión Europea a Reino Unido. También podrán realizar operaciones de retorno desde Reino Unido, y cabotaje (con las limitaciones que veremos a continuación). Todo esto sigue estando amparado por las licencias de transporte comunitarias.
  • Transporte de viajeros. Queda garantizado el transporte regular y regular especial amparado por las autorizaciones comunitarias actuales, de acuerdo al Acuerdo de Comercio y Cooperación. El transporte discrecional de viajeros con Reino Unido está regulado por el Acuerdo Interbus que regula el tráfico de autobuses entre la UE y terceros países. Reino Unido está adherido a este acuerdo desde el 1 de enero de 2021.

Qué cambia en el acuerdo transitorio

Estos cambios, si bien son menores, deberán ser tenidos en cuenta. Los más importantes son:

  • Necesidad de solicitar permiso KAP (Kent Access Permit) antes del viaje. Debe solicitarse a través de la web del Gobierno Británico. Para obtenerlo, el solicitante debe tener una declaración de importación de la UE o documento adjunto de tránsito, además de una Declaración de Entrada en el sistema de control de importaciones del Estado Miembro de destino de la mercancía. Es recomendable llevar toda la documentación a bordo durante el viaje.
  • Modificación de las actividades de cabotaje. El cabotaje sigue estando permitido en Reino Unido. Así, una empresa de transporte con sede en la Unión Europea sigue pudiendo realizar un transporte con destino Reino Unido y, una vez allí, realizar operaciones de cabotaje. La diferencia es que ahora sólo podrá hacer 2 operaciones de cabotaje en el plazo de 7 días. Anteriormente el número máximo de operaciones de cabotaje en este mismo periodo era de 3.
  • Presencia de controles aduaneros y no aduaneros. Si bien hasta ahora el mercado común permitía eliminar controles de aduanas, la salida de Reino Unido de la Unión Europea permite realizar este tipo de controles en carretera de nuevo.
  • Validez de permisos, títulos y certificados. Los requisitos de permisos de conducción y títulos habilitantes siguen vigentes. Sin embargo, su validez queda limitada por territorios. Con el Brexit, los certificados de competencia profesional y cualificación de conductores expedidos en Reino Unido no son válidos en países de la Unión Europea. De esta forma, quien esté en esta situación deberá hacer de nuevo los cursos y exámenes habilitantes para obtener esos certificados con validez en la Unión Europea.

Legislación aplicable hasta febrero de 2021

Las modificaciones de la normativa provocadas por el Brexit no sólo se permiten a los viajes en sí. En su lugar, también hay que tener en cuenta reglamentos secundarios que afectan a las actividades de transporte. Así, y durante el periodo transitorio, se mantendrán los requisitos normativos referentes a:

  • Requisitos con respecto a trabajadores móviles y conductores autónomos.
  • La obligatoriedad del tacógrafo digital.
  • Tiempos de conducción y descanso.
  • Requisitos de la cualificación inicial y continua de los conductores.
  • Máximos autorizados de pesos y dimensiones.
  • Limitadores de velocidad.
  • Uso obligatorio del cinturón.
  • Requisitos sobre desplazamiento de trabajadores.
  • Derecho de los viajeros.

El transporte por carretera con Reino Unido a partir de marzo de 2021

Como ya hemos mencionado, este nuevo periodo transitorio es más breve que los anteriores. Por ello, una vez llegado el 28 de febrero de 2021, Reino Unido y la Unión Europea pueden renegociar sus condiciones. Los políticos europeos ya han dicho que, por mucho que les interese tener buenos acuerdos comerciales, no van a favorecer a Reino Unido más que a los países de la Unión Europea.

Recursos para prepararse para el Brexit

Ya hemos mencionado el Reglamento (UE) 2019/501, que garantiza que la normativa europea seguirá aplicándose hasta el final del periodo transitorio. El ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (anteriormente Fomento) ha abierto páginas web informativas al respecto.

Por otro lado, y como preparación del Brexit, la Comisión Europea ha distribuido un folleto para empresas que trabajan a nivel europeo. Este folleto incluye una lista de preparaciones que habrá que hacer de cara a la salida definitiva de Reino Unido.

 

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